1.-  ¿Qué es el REPSE?

Es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas. Este padrón, fue habilitado por la STPS,  a raíz de la reforma de outsourcing, en donde se estableció que tanto las personas físicas como morales que proporcionen servicios que se ejecuten dentro de las instalaciones de sus clientes, deberán contar con un registro especial proporcionado por la STPS.

2.-  Requisitos para inscripción en plataforma REPSE

 

Para proceder al registro deberá entrar a la página http://repse.stps.gob.mx y llevar a cabo los siguientes pasos:

  1. Una vez en ella, podrá acceder únicamente mediante su firma electrónica (e.firma) vigente.
  2. De manera inmediata el sistema hará una consulta en tiempo real para verificar si la persona física o moral está en cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social con el IMSS, el SAT y el INFONAVIT.
  3. Posteriormente a la constatación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social, el sistema le solicitará datos generales del representante legal, los datos del acta constitutiva o constancia de situación fiscal y del notario o corredor público.
  4. Una vez realizado este paso deberán indicar cuál es su nivel y categoría de riesgo de acuerdo al “Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riegos de trabajo” del IMSS.
  5. Posteriormente, se le pedirá que transcriba literalmente la actividad que desea registrar de acuerdo a la constancia de situación fiscal para el caso de las personas físicas y por lo que hace a las personas morales deberán de transcribir de manera literal el objeto social.
  6. Una vez realizado este paso deberá de subir escaneada la página o las páginas de la constancia de situación fiscal donde aparecen las actividades que desea registrar o el acta constitutiva en donde aparece el objeto social, resaltando en ellas las actividades que desea registrar.
  7. Posteriormente, deberá capturar la actividad o las actividades que desea registrar, las cuales deberán de formar parte de su constancia de situación fiscal u objeto social. Deberá escribirlas de manera literal tal y como aparecen en su constancia de situación fiscal o en su objeto social.
  8. Adicionalmente deberá indicar en qué categoría del catálogo anexo que se desplegará se engloba cada una de las actividades solicitadas. En seguida, deberá requisitar un cuestionario por cada una de las actividades de las que haya solicitado el registro.
  9. Concluida la requisición del cuestionario o los cuestionarios, el sistema le solicitará que suba en PDF: Identificación Oficial Vigente (Credencial para Votar, Pasaporte o Cédula Profesional) de la persona física o representante legal, Poder Notarial, Acta Constitutiva o Constancia de Situación Fiscal, Constancia de Inscripción en el RFC, Registro (s) Patronal (es) ante el IMSS, Comprobante de Domicilio (Luz, Predial, Teléfono) y en formato XML el Comprobante de la nómina.
  10. Una vez requisitada y realizada la carga de la información y la documentación, la Plataforma le asignará un número de folio con el que el solicitante podrá dar seguimiento al registro.

3.-  Implicaciones fiscales de IVA con registro en REPSE

 

Si eres proveedor de servicios, a raíz de la reforma, toda empresa de servicio que no cuente con registro REPSE estará considerada como un servicio de subcontratación, el cual es considerado hoy un acto delictivo, por tanto: contratar o bien vender tus servicios sin tu registro REPSE pone en riesgo a ambas partes (clientes y proveedores) ya que ambos estarían incumplimiento de la ley.

Además que las facturas generadas no podrán ser tomadas como gasto autorizado y por ende no serán deducibles para el Impuestos Sobre la Renta (ISR) ni será acreditable el impuesto al Valor Agregado (IVA) generado en dicha factura, provocando impuestos más elevado además del riesgo fiscal, financiero y jurídico del celebrar este tipo de operaciones.

4.- ¿Qué pasa con la retención del 6% de IVA por servicios de subcontratación?

 

Con la reforma al outsourcing o subcontratación laboral, se derogó la obligación de retener el 6% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre servicios en los que se ponga personal a disposición del cliente. Esto aplica para personas físicas y morales a partir del 1 de septiembre de 2021.

  1. ¿Qué obligaciones tengo al inscribirme en REPSE?

 

  1. Deberá incluir en cada contrato que celebre su número de registro y los folios de las actividades del objeto social o la constancia de situación fiscal registrados en el Padrón y que correspondan con la actividad específica subcontratada.
  2. Obligación de proporcionar al contratante, comprobantes de pago de contribuciones y aportaciones de seguridad social, así como del pago de nóminas.
  3. Obligación de presentar declaraciones informativas en materia de seguridad social (ICSOE y SISUB).
  4. Obligación de cumplir con obligaciones en materia de Prevención de Lavado de Dinero, conforme a criterio publicado por la UIF

En GOTH Consultores y Asociados contamos con un grupo de expertos que ponemos a su disposición para asesorarlo en este proceso; para darle mayor información puede contactarnos al correo: info@goth.com.mx; o al WhatsApp: 33 1672 2102.

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